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TRABAJO REMOTO DE DOCENTES

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20. 05. 30
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INGRESAR: http://www.minedu.gob.pe/reforma-magisterial/trabajo-remoto.php?fbclid=IwAR0HyMjpeNVVtUjc8ryGuasi1z872XS-2hRfWNB36aHqpYgfL2BxSLyJq4Y

Referencia: Resolución Viceministerial N.° 098-2020-MINEDU - Resolución Viceministerial N.° 097-2020-MINEDU - Oficio Múltiple N.° 042-2020-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN - Oficio Múltiple N.° 040-2020-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN

Es la prestación del servicio no presencial que realizan los docentes para garantizar el servicio educativo, utilizando diversos medios de comunicación. Este trabajo es realizado sobre los lineamientos del Currículo Nacional de Educación Básica y en el marco de la estrategia Aprendo en casa.

  1. La interacción

Entre profesor y alumnos se lleva a cabo con la participación y coordinación con los padres o apoderados de los estudiantes.

  1. La jornada laboral

Se ajusta a las necesidades y demandas de los estudiantes (mañana o tarde), respetando las 30 horas semanal mensual.

  1. Informes de marzo y abril

Los docentes deben presentar al director de la IE un informe de evaluación del trabajo remoto realizado. El plazo de presentación del informe es hasta el 12 junio.

  1. Informe de mayo

Los docentes deben presentar un informe al director de la IE hasta el 3 junio, en el que deberán describir las actividades realizadas.

  1. Directores de II.EE.

Deben consolidar los informes recibidos para el llenado de los formatos (anexos 3 y 4 de la RSG N.° 326-2017-MINEDU) que serán remitidos a las UGEL.

Marzo y abril: hasta el 19 de junio.

Mayo: haste el 8 junio.